
La interconexión directa entre plantas industriales adyacentes mediante líneas privadas ha presentado dudas sobre su encaje dentro del sistema eléctrico español. El Real Decreto 314/2023 regula el procedimiento y los requisitos para otorgar la autorización administrativa de las Redes de Distribución de Energía Eléctrica Cerradas (RDC).
Esta figura dota de seguridad jurídica a los esquemas de consumo compartido y líneas entre fábricas. Como abogado especialista en derecho de energía, destaco los puntos y requisitos clave fijados por la norma:
1. Delimitación geográfica y tipo de consumidor. • La red debe suministrar a consumidores industriales (CNAE grupos B, C, D o E con condicionantes) dentro de una zona que no supere los 8 km² de extensión. • Se permite la conexión de hasta 100 consumidores no industriales si se cumplen determinadas condiciones, entre ellas que representen menos del 2% del consumo total anual de los consumidores conectados a la RDC.
2. Requisito de integración o vinculación (cumplir al menos uno): • El funcionamiento o los procesos de producción de los usuarios de dicha red están integrados por razones técnicas o de seguridad concretas. • Propiedad/Gestión compartida. Al menos el 50 % del consumo pertenezca al propietario o gestor de la red, o a empresas en las que su participación en el capital sea superior a un 50 %.
3. Exigencias para la entidad titular • Constitución como sociedad mercantil o cooperativa con objeto social exclusivo de distribución de energía eléctrica en una RDC. • Certificación de capacidad legal, técnica y económica •Poseer las autorizaciones administrativas de las instalaciones de redes que sean de su titularidad. • Autorización de la Dirección General de Política Energéticas y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo informe de la CNMC.
4. Relación con el sistema y responsabilidades • La RDC computa ante el sistema eléctrico como un único consumidor de gran tamaño en sus puntos frontera, abonando peajes y cargos consolidados y prestando garantías equivalentes a 6 meses de facturación. • El titular de la RDC es el gestor y operador de esta; es el responsable de la seguridad de la propia red, así como de la seguridad de las personas y los bienes y servicios relacionados con la actividad distribuidora que desempeña; es responsable de la calidad del suministro eléctrico; y no está sujeto al procedimiento de autorización de la actividad de distribución previsto en el Real Decreto 1955/2000, excepto en lo relativo a la obligación de inscripción en el Registro Administrativo de Distribuidores de Energía Eléctrica con las particularidades prevista en este real decreto.
Actualidad: La CNMC ha emitido informe favorable (con condiciones) para la RDC de DuPont Asturias Electricity Distribution, S.L. en el complejo industrial en el Valle del Tamón, en Asturias. Este proyecto permite corregir una situación preexistente en la que se suministraba energía a empresas vecinas a través de instalaciones privadas, demostrando que la RDC es el instrumento jurídico para legalizar estos esquemas.
Conclusión: La RDC es una herramienta jurídica apta para regularizar esquemas de líneas directas, optimizar costes energéticos y consolidar la competitividad industrial en polígonos e instalaciones industriales interrelacionadas.
¿Tienes clientes o plantas industriales operando con líneas directas sin regularizar o clientes que deseen optimizar sus costes energéticos?
MARÍA ISABEL DOMINGUEZ LLERENA