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FISCAL

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo estatal, cedido a las comunidades autónomas quienes, entre otras, tienen competencia para establecer reducciones en la base imponible, así como deducciones y/o bonificaciones en la cuota. Dependiendo de la comunidad autónoma en la que el sujeto pasivo tenga su domicilio fiscal (o el causante en el Impuesto de Sucesiones) o del lugar donde radiquen los inmuebles transmitidos (en el caso del Impuesto de Donaciones) será más o menos gravoso recibir bienes objeto de una herencia o donación.

INMOBILIARIO

En tiempo de precios convulsos, como es el que nos encontramos desde hace algo más de un año, en negocios como el de la promoción inmobiliaria, en los que las operaciones están diferidas en el tiempo en cuanto al cumplimiento, puede alterarse sustancialmente el equilibrio entre las partes.

ENERGÍAS RENOVABLES

En nuestra tradición jurídica, la comunidad, el aprovechamiento conjunto de los recursos y el ámbito local como marco para el desarrollo de esta actividad, no son noticia. Comunidad de regantes, montes comunales, sociedades cooperativas… desde los Muiños de Herdeiros hasta el Consorcio Nacional Almadrabero, los ejemplos son abundantes y variados.
El conocimiento, los medios, la tecnología y la ingeniería para la producción de la energía han estado restringidos durante tanto tiempo en manos de tan pocos, que la normativa europea a favor de las energías renovables, de la mano con el fomento de la participación de la ciudadanía en la generación y el comercio en este sector nos suena a un idioma que no conocemos.